Una normativa impediría realizar la consulta popular PDF Imprimir Correo electrónico
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Más allá de las cuestiones formales relativas a los plazos para la convocatoria a consulta popular para conocer la opinión de la ciudadanía sobre los salarios docentes, existiría un impedimento material insalvable, ya que la pregunta está relacionada a asuntos presupuestarios, materia excluida de los temas que pueden ser sometidos a opinión ciudadana. En el Gobierno afirman que dependerá de cómo se redacte la pregunta que será materia de la consulta popular.o


La ley 9610, de consulta popular, fue promulgada el 17 de marzo del 2005 y publicada en el Boletín Oficial al día siguiente. Era el instrumento a utilizar para someter a la voluntad popular la decisión sobre la reforma constitucional, ante la negativa de los bloques opositores a acompañar la iniciativa, hecho necesario para alcanzar los votos requeridos por la Constitución para declarar la necesidad de la reforma.

En su articulado, se definen los mecanismos con los cuales se tiene que poner en funcionamiento y también los límites que tendrá. En efecto, el artículo 3º prescribe textualmente: “Todo asunto de especial trascendencia para la Provincia y todo Proyecto de Ley podrá ser sometido a Consulta Popular, con excepción de los referidos a cuestiones procesales, impositivas o presupuestarias y los que refieran a la creación de Municipios y órganos jurisdiccionales”.

Como se ve, el artículo excluye de los temas sobre los cuales se puede convocar a consulta los atinentes al presupuesto, cálculo de ingresos y egresos (dentro de los cuales están los haberes docentes) de la administración provincial, precisamente el eje de la consulta que el Gobierno querría hacer para que el pueblo se expida sobre los salarios docentes.

El abogado Alejandro Cánepa, representante del Gobierno en el Consejo de la Magistratura y uno de los integrantes del grupo que redactó el proyecto de ley de consulta que fue aprobado por la Legislatura, manifestó: “Tendrá que ver lo que pregunta el Gobierno. Hasta ahora, ha salido públicamente que se quiere plebiscitar el tema de los aumentos docentes. Ahora ¿cuál será la pregunta concreta con la que se va a consultar a la ciudadanía, que será objeto, materia del decreto de convocatoria a elecciones? Eso es lo que habrá que analizar (para saber) si queda o no exenta”, es decir, dentro de las exclusiones previstas por la 9610. APF
 
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